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    <fecha_publicacion>2011/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Juicio de faltas 66 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 138 
 Juicio de faltas 66 de 2010 
  Doña María Paz Laso Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 66 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Getafe, a 15 de noviembre de 2010.–Vistos por mí, el ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe, los presentes autos de juicio de faltas número 66 de 2010, en los que han sido partes el señor fiscal, y como implicados: doña Felicitas García del Pino, con domicilio en Madrid, calle Juan Duque, número 10, como denunciante y perjudicada; don Rafael Hernández Grueso, con domicilio en Valdemoro, calle Maestro García Morcillo, número 6, cuarto A, en calidad de denunciado; la mercantil “Templast, Sociedad Limitada”, con domicilio en Madrid, calle Antonio Velasco Zazo, número 47, en calidad de responsable civil subsidiaria, y la compañía aseguradora “Axa”, con domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, número 79, como responsable civil directa, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos que se le imputaban a don Rafael Hernández Grueso, como denunciado, a la mercantil “Templast, Sociedad Limitada”, como responsable civil subsidiaria, y a la compañía de seguros “Axa”, como responsable civil directa, con declaración de las costas del presente procedimiento de oficio.
  La presente presente no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación, todo ello si no hubiese sido notificada antes y declarada firme en el acto del juicio oral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia al representante legal de la empresa “Templast, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 26 de mayo de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/26.082/11)</texto>
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