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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 2.258 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 123 
 Procedimiento ordinario 2.258 de 2009 
  Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 2.258 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 106
  Magistrado-juez de primera instancia, don Lorenzo Valero Baquedano..En Madrid, a 12 de mayo de 2012.
  Parte demandante, don Pedro Chueco Delgado, con procurada doña Raquel Nieto Bolaño, y parte demandada, “Ficover, Sociedad Anónima”, con procurado sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.
  Fallo
  Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por la procuradora doña Raquel Nieto Bolaño, en nombre y representación de don Pedro Chueco Delgado, debo condenar y condeno a la demandada “Ficover, Sociedad Anónima”, a que tan pronto sea firme esta resolución proceda a elevar a público el contrato privado de compraventa de fecha 15 de diciembre de 1984, mediante otorgamiento de escritura a favor del demandante, don Pedro Chueco Delgado, casado en régimen de gananciales con doña Carmen García Valenzuela, respecto de la finca rústica:
  Parcela de terreno señalado con el número 72, denominada “El Brezo”, en término de Villalbilla, al sitio de la Dehesa de los Hueros, dedicada a cereal secano. Tiene una extensión superficial aproximada de 2 hectáreas. Linda: por el Norte, con parcela 72; por el Sur, con parcela 71; por el Este, con camino de Alameda, y por el Oeste, con camino de nuevo trazado.
  Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Alcalá de Henares, libro 61, tomo 3.431, finca registral número 5.114, inscripción primera de segregación, verificándose dicho otorgamiento, en su defecto, judicialmente.
  Se imponen las costas procesales causadas a la parte demandada.
  Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad “Ficover, Sociedad Anónima”, para que sirva de notificación en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende el presente.
  Madrid, a 27 de junio de 2011..El secretario (firmado).
  (02/6.778/11)</texto>
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