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    <fecha_publicacion>2011/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 1.221 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Demanda 1.221 de 2010 
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.221 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Cano Cascales, contra la empresa “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Se declara la incompetencia territorial de este Juzgado de lo social para conocer de la demanda formulada por don Pedro Cano Cascales, contra “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, advirtiendo al actor a fin de que presente su demanda ante los Juzgados competentes para ello, y procediendo al archivo definitivo de las presentes actuaciones una vez firme esta resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.753/11)</texto>
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