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    <fecha_publicacion>2011/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Ejecución 264 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 174 
 Ejecución 264 de 2010 
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 264 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Talavera Fuentes, contra la empresa “Energía Web, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Araceli Crespo Pascual..En Madrid, a 29 de junio de 2011.
  Visto que a pesar del tiempo transcurrido desde que se puso a disposición de la parte demandada la cantidad pendiente en estos autos, requiérase a “Energía Web, Sociedad Anónima”, para que comparezca ante este Juzgado a fin de que, habiendo caducado el mandamiento correspondiente a la cantidad consignada en exceso y que asciende a 132,96 euros, que fue emitido en fecha 25 de marzo de 2011, le sea entregado uno nuevo o, en su caso, designe cuenta bancaria en la que efectuar el ingreso, con apercibimiento de que conforme al artículo 14 del Real Decreto de Depósitos y Consignaciones, en caso de no comparecer en el plazo de un año desde la fecha de emisión del mandamiento, se transferirá a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Energía Web, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.813/11)</texto>
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