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    <fecha_publicacion>2011/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Demanda 1.352 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 169 
 Demanda 1.352 de 2010 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.352 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Violeta Pascarelli Vila, contra la empresa “Cajaché, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 4 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por doña Violeta Pascarelli Vila, contra “Cajaché, Sociedad Limitada”, y en su virtud, condenar a esta a que le abone la cantidad de 1.222,66 euros por los conceptos de la demanda, más el interés moratorio en la forma y cuantía que se concreta en el último de los fundamentos de derecho de esta resolución.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cajaché, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de julio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.832/11)</texto>
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