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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 115 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 136 
 Ejecución 115 de 2011 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 115 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Aragón Higueruela y don Fausto García Blázquez, contra las empresas “Desmontes y Firmes, Sociedad Anónima”, “Construcciones Majalar, Sociedad Limitada”, y “Construcciones Conalva, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 28 de junio de 2011 (ejecución) siguiente:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Ángel Juan Alonso Boggiero..En Madrid, a 28 de junio de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de la parte ejecutante, don José Antonio Aragón Higueruela y don Fausto García Blázquez, frente a “Desmontes y Firmes, Sociedad Anónima”, “Construcciones Majalar, Sociedad Limitada”, y “Construcciones Conalva, Sociedad Limitada”, en forma solidaria.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, así como al Fondo de Garantía Salarial.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así lo acuerda, manda y firma su señoría, de lo que doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Conalva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.766/11)</texto>
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