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    <identificador>BOCM-20110803-113</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 72. Verbal desahucio falta de pago 1.907 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 113 
 Verbal desahucio falta de pago 1.907 de 2010 
  En el juicio verbal de desahucio por falta de pago número 1.907 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 19 de 2011
  En Madrid, a 12 de enero de 2011..Doña María Sánchez Rivero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 1.907 de 2010, seguidos en este Juzgado a instancias de don Francisco Sánchez Robles, don Gregorio Sánchez Robles y don Juan Ramón Sánchez Robles, representados por la procuradora de los tribunales señora González Díez y asistidos del letrado señor Merino Tapia, contra don Máximo Tejada Persinal (en rebeldía), sobre la desistida acción de desahucio de finca urbana destinada a vivienda, por falta de pago de las rentas vencidas y reclamación acumulda de reclamación de cantidad, en cuantía de 5.389,20 euros, adeudada por impago de costas de rentas pactadas y cantidades asimiladas en la cantidad de 675 euros mensuales, debidamente actualizadas conforme al suplico de la demanda.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta en nombre de don Francisco Sánchez Robles, don Gregorio Sánchez Robles y don Juan Ramón Sánchez Robles, contra don Máximo Tejada Persinal, condeno al demandado a que pague a los anteriores demandantes la cantidad de 5.389,20 euros, más los intereses conforme a lo preceptuado en el fundamento jurídico tercero, y costas de este juicio.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Máximo Tejada Persinal se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 18 de mayo de 2011..El secretario (firmado).
  (02/6.703/11)</texto>
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