<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110802-92</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 6. Demanda 938 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>181</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-08-02-181270720110050</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/02/BOCM-20110802-92.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/02/BOCM-20110802-92.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/02/BOCM-20110802-92.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 92 
 Demanda 938 de 2010 
  Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 938 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gologan Costica, don Joos Lewin Reyes Prado, don Víctor Raúl Reyes Prado y don Santiago Rafael Gualotuña, contra la empresa “Construcciones y Contratas Barzallo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 15 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda interpuesta por los actores que a continuación se relacionan, contra “Construcciones y Contratas Barzallo, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno dicha empresa a abonar a los referidos actores las cantidades siguientes:
  A don Gologan Costica: 2.652,32 euros brutos.
  A don Joos Lewin Reyes Prado: 3.743,53 euros brutos.
  A don Víctor Raúl Reyes Prado: 3.743,53 euros brutos.
  A don Santiago Rafael Gualotuña: 4.304,18 euros brutos.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles con contra la misma cabe interponer recurso de suplicación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Contratas Barzallo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.669/11)</texto>
</documento>