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    <identificador>BOCM-20110802-80</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 6. Juicio verbal 246 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>181</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 80 
 Juicio verbal 246 de 2010 
  En el procedimiento de juicio verbal número 246 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 30 de 2011
  En Torrejón de Ardoz, a 11 de febrero de 2011..Doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Torrejón de Ardoz, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado bajo el número de procedimiento 246 de 2010, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Estocolmo, número 7, de Torrejón de Ardoz, representada por la procuradora doña Isabel López Gálvez y asistida del letrado don Higinio A. García Pí, frente a doña Pascuala Díez Ratón, declarada en rebeldía procesal.
  Fallo
  Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Isabel López Gálvez, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Estocolmo, número 7, de Torrejón de Ardoz, frente a doña Pascuala Díez Ratón y, en consecuencia, se condena a la demandada a abonar a la parte actora el importe de 1.160 euros, más el interés legal a contar desde la interposición de la demanda. Con condena en costas a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a contar del siguiente de su notificación. 
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Pascuala Díez Ratón, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Torrejón de Ardoz, a 14 de febrero de 2011..El secretario (firmado).
  (02/6.407/11)</texto>
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