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    <titulo>Madrid. Sección Vigésima Primera. Recurso 214 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Vigésima Primera
 EDICTO
 
 65 
 Recurso 214 de 2009 
  Doña María del Pilar Martínez-Conde Ramírez, secretaria de la sección Vigésima Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en esta Sección se sigue la apelación del juicio ordinario, número 462 de 2005, del Juzgado de primera instancia número 2 de Getafe, bajo número de rollo 214 de 2009, habiéndose dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  Magistrados: ilustrísimos señores don Guillermo Ripoll Olazábal, doña María Carrasco López y doña María Almudena Cánovas del Castillo.
  En Madrid, a 20 de junio de 2011..La Sección Vigésima Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores magistrados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 462 de 2005, procedentes del Juzgado de primera instancia número 2 de Getafe, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante doña Antonia Bascarán Paraíso, y de otra, como apelados-demandados, don José María de Lope y Alemán y la mercantil “Winwork, Sociedad Limitada”.
  Visto, siendo magistrado ponente el ilustrísimo señor don Guillermo Ripoll Olazábal.
  Fallamos
  Que, desestimando como desestimamos el recurso de apelación interpuesto por doña Antonia Bascarán Paraíso contra la sentencia que con fecha 21 de mayo de 2007, pronunció la ilustrísima señora magistrado-juez de primera instancia número 2 de Getafe, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, con imposición de las costas de este recurso a la parte apelante.
  Contra esta sentencia no cabe recurso.
  Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala,  lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que conste y sirva de edicto de notificación a los apelados don José María de Lope y Alemán y “Winwork, Sociedad Limitada”, que se encuentran incomparecidos, y de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se expide la presente, para lo cual publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Dado en Madrid, a 28 de junio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/25.626/11)</texto>
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