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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 2. Procedimiento 649 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 190 
 Procedimiento 649 de 2009 
  Doña Fernanda Tuñón Lázaro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Sevilla.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 649 de 2009 a instancias de la parte actora don Javier Jurado Maestre, contra “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 20 de junio de 2011 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Javier Jurado Maestre, contra “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a esta a que abone al actor la suma de 1.503,85 euros todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial, pero sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente, de acuerdo con lo establecido en el fundamento jurídico segundo de esta resolución.
  Notifíquese a las partes con la advertencia que contra la presente resolución no cabe recurso.
  Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.
  En Sevilla, a 22 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.709/11)</texto>
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