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    <identificador>BOCM-20110802-184</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Granada número 3. Ejecución 124 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>181</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 184 
 Ejecución 124 de 2011 
  Doña Mercedes Puya Jiménez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Granada.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 355 de 2010, a instancias de la parte actora doña Rocío Hidalgo González, contra Fondo de Garantía Salarial, “Tribuneshop, Sociedad Anónima”, “Évora Stone, Sociedad Limitada”, “Emin Star, Sociedad Limitada”, y “Factory Style, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 31 de mayo de 2011, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Parte dispositiva:
  Su señoría ilustrísima dijo: Se despacha ejecución a favor de doña Rocío Hidalgo González, contra “Tribuneshop, Sociedad Anónima”, “Évora Stone, Sociedad Limitada”, “Emin Star, Sociedad Limitada”, y “Factory Style, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 3.283,22 euros en concepto de principal, más la de 650 euros calculados para intereses y gastos.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse con los requisitos establecidos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y a lo resuelto.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Tribuneshop, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Granada, a 31 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.789/11)</texto>
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