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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 1.380 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 134 
 Demanda 1.380 de 2010 
  Don Francisco Javier Mendoza Castellano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.380 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Rojas Fernández, contra la empresa “Española de Proyectados y Aislamientos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 268 de 2011
  En Madrid, a 20 de junio de 2011..Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Julián Rojas Fernández, que comparece, y de otra, como demandada, “Española de Proyectados y Aislamientos, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Julián Rojas Fernández, frente a la empresa “Española de Proyectados y Aislamientos, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al trabajador la cantidad de 507,63 euros por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos, más el 10 por 100 de interés por mora establecidos legalmente, y, asimismo, se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución, con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Española de Proyectados y Aislamientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.696/11)</texto>
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