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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 975 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 127 
 Demanda 975 de 2010 
  Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 975 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Míriam Isabel Martínez de la Rosa, contra la empresa “Cheville, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado sentencia, cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 296 de 2010
  En Madrid, a 17 de junio de 2011..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, doña Míriam Isabel Martínez de la Rosa, que comparece asistida del señor letrado don Carlos de la Cruz Calzas, y de otra, como demandada, “Cheville, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debía estimar la demanda interpuesta por doña Míriam Isabel Martínez de la Rosa, en concepto de reclamación de cantidad, contra la empresa “Cheville, Sociedad Limitada”, condenando a la entidad demandada al pago de la cantidad de 572,80 euros en concepto de principal reclamado, más 57,20 euros en concepto de interés por mora.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Míriam Isabel Martínez de la Rosa y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.724/11)</texto>
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