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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 169 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 123 
 Ejecución 169 de 2011 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 169 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Benítez Casco, contra la empresa “Degepaso, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el auto y DO de fecha 8 de julio de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Auto
  La magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco..En Madrid, a 8 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar ejecución de la sentencia firme número 189 de 2011, de 4 de mayo de 2011, frente a la parte ejecutada, “Degepaso, Sociedad Limitada”.
  Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, de conformidad con lo previsto en los artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y sin perjuicio de su ejecutividad..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín..En Madrid, a 8 de julio de 2011.
  Solicitada ejecución de sentencia de despido, y concurriendo los presupuestos previstos por la ley, fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada en estos autos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 277 y 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, cítese a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que comparezcan en este Juzgado el día 21 de septiembre de 2011, a las nueve y diez horas, al objeto de ser oídas sobre la cuestión suscitada por don Ramón Benítez Casco (incidente de no readmisión) y a cuyo acto habrán de acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a acreditar los hechos que aleguen en relación a la misma. Dese traslado de copia de lo presentado a las otras partes.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así lo mando y firmo, la secretaria judicial.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia o se trate de emplazamiento, que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Degepaso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.372/11)</texto>
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