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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 30 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>181</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 107 
 Ejecución 30 de 2011 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 30 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Paz Matamala Aboin Brunet y doña María del Pilar Loubet Navas, contra la empresa “Grafol Outsourcing, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 4 de julio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la tasación de costas practicada por la suma de 354 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Pónganse a disposición las cantidades resultantes de la tasación practicada, librándose al efecto el oportuno mandamiento a favor de letrado don Jesús María Ortega Ugena por la cantidad de 354 en concepto de costas definitivas, que podrá ser retirado en la Secretaría de este Juzgado, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, firme que sea la presente resolución.
  Existiendo un sobrante en este procedimiento cuyo importe asciende a 5,30 euros, póngase a disposición de la mercantil demandada “Grafol Outsourcing, Sociedad Limitada”, librándose al efecto el oportuno mandamiento por la cantidad de 5,30 euros en concepto de sobrante, que podrá ser retirado en la Secretaría de este Juzgado, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, firme que sea la presente resolución.
  Se acuerda alzar y dejar sin efecto los embargos trabados en las presentes ejecución, librándose los oportunos despachos.
  Verificado todo lo anterior procédase al archivo de las presentes actuaciones.
  Notifíquese la presente a las partes.
  Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
  Así lo acuerdo y firmo..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grafol Outsourcing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.700/11)</texto>
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