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    <fecha_publicacion>2011/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 434 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 142 
 Demanda 434 de 2010 
  Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 434 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Inmaculada Cícero Rábano, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Autoescuela Eulopi” y Servicio Madrileño de Salud, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 303 de 2011
  En Madrid, a 20 de junio de 2011..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social (pensión de jubilación SOVI), entre partes: de una, y como demandante, doña Inmaculada Cícero Rábano, que comparece asistida de la letrada doña Felisa Carmen Pascual, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, doña María Román Valderrama, Tesorería General de la Seguridad Social, doña Ana María Román Valderrama, “Autoescuela Eulopi” (no comparece) y Servicio Madrileño de Salud, que comparece el letrado don Antonio Celada Álvarez, ha dictado el siguiente
  Fallo
  Que debía desestimar la demanda interpuesta por doña Inmaculada Cícero Rábano en concepto de pensión de jubilación SOVI, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Autoescuela Eulopi” y Servicio Madrileño de Salud, absolviéndoles de dicha pretensión.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Inmaculada Cícero Rábano, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Autoescuela Eulopi”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.531/11)</texto>
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