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    <identificador>BOCM-20110801-122</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Demanda 30 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 122 
 Demanda 30 de 2011 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 30 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Francisco Polidura Vandevelde, contra las empresas “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, “Breser, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se han dictado autos de aclaración de sentencia de fecha 13 de abril de 2011 siguientes:
  Diligencia..En Madrid, a 13 de abril de 2011.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 4 de abril de 2011 se tiene entrada, recibido por la correspondiente oficina el día 1 de abril de 2011, el anterior escrito de la parte demandante solicitando aclaración de la sentencia, de lo que paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 13 de abril de 2011.
  Acuerdo: Aclarar la sentencia dictada en las presentes actuaciones y en su virtud:
  «Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Francisco Polidura Vandevelde, contra “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Breser, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del demandante y por extinguida la relación laboral con efectos desde la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada al abono de una indemnización en la cuantía de 10.009,35 euros, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día 1 de diciembre de 2010 hasta la fecha de esta sentencia a razón de 68,44 euros por día. Y debo absolver al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales, declarando la responsabilidad solidaria de las empresas “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Breser, Sociedad Limitada”, en el abono de dichas cantidades.
  Diligencia..En Madrid, a 13 de abril de 2011.
  La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 4 de abril de 2011 ha tenido entrada, recibido por la correspondiente oficina el día 1 de abril de 2011, el anterior escrito de la parte demandante solicitando aclaración de la sentencia, de lo que paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 13 de abril de 2011.
  Visto por mí don Jesús María Serrano Sáez, ilustrísimo magistrado-juez en funciones de refuerzo del número 13 de Madrid, el anterior escrito solicitando aclaración de sentencia, dicto la siguiente resolución:
  Acuerdo: Desestimar la solicitud de aclaración de la sentencia dictada en las presentes actuaciones formulada por la parte demandada “Breser, Sociedad Limitada”.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecsor Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.501/11)</texto>
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