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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VENTURADA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Venturada. Régimen económico. Modificación ordenanza cementerio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VENTURADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 90 
 Modificación ordenanza cementerio 
  Se hace pública la modificación por el Pleno del Ayuntamiento de Venturada, en sesión de 19 de junio de 2010, de la ordenanza reguladora del cementerio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de diciembre de 1993), modificada en 2001 y 2005:
  .	Incorporación de un nuevo hecho imponible: tasa por nicho reducido para cenizas, por importe de 250 euros por noventa y nueve años, además de venir obligados los solicitantes a pagar la tasa por enterramiento en vigor (150 euros).
  Los interesados podrán plantear las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones en el plazo anteriormente indicado, el acuerdo se considerará definitivo en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Venturada, a 29 de junio de 2011..El alcalde, Daniel Caparrós López.
  (03/25.321/11)</texto>
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