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    <identificador>BOCM-20110714-98</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLANUEVA DEL PARDILLO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 98 
 Delegación competencias 
  El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 29 de junio de 2011 del siguiente tenor literal:
  1)  “Don Juan González Miramón, alcalde presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo, y habiéndose procedido el día 11 de este mes a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:
  Primero..Designar a doña Katherine del Carmen Salas Bello, concejala-delegada en las Áreas de Cultura, Familia, Hermanamientos e Inmigración, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:
  En el Área de Cultura:
  1.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Cultura.
  2.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Cultura.
  3.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Cultura.
  4.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Cultura.
  En el Área de Familia:
  5.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Familia.
  6.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Familia.
  7.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Familia.
  8.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Familia.
  En el Área de Hermanamientos:
  9.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Hermanamientos.
  10.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Hermanamientos.
  11.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Hermanamientos.
  12.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Hermanamientos.
  En el Área de Inmigración:
  13.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Inmigración.
  14.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Inmigración.
  15.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Inmigración.
  16.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Inmigración.
  Segundo..Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.
  Tercero..Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.
  Cúmplase”.
  2)  “Don Juan González Miramón, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, vista la celebración de las elecciones municipales el día 22 de mayo, y habiéndose procedido el día 11 de este mes a la constitución de la nueva Corporación Local, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:
  Primero..Designar a doña Catalina Perales Rentero concejala-delegada en las Áreas de Bienestar Social, Igualdad de Oportunidades y Participación Ciudadana, y delegar en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:
  En el Área de Bienestar Social:
  1.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Bienestar Social.
  2.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Bienestar Social.
  3.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Bienestar Social.
  4.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Bienestar Social.
  En el Área de Igualdad de Oportunidades:
  5.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Igualdad de Oportunidades.
  6.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Igualdad de Oportunidades.
  7.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Igualdad de Oportunidades.
  8.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Igualdad de Oportunidades.
  En el Área de Participación Ciudadana:
  9.  La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el Área de Participación Ciudadana.
  10.  La realización de propuestas y actuaciones en el Área de Participación Ciudadana.
  11.  La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el Área de Participación Ciudadana.
  12.  Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al Área de Participación Ciudadana.
  Segundo..Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.
  Tercero..Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.
  Cúmplase”.
  Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  En Villanueva del Pardillo, a 30 de junio de 2011..El alcalde-presidente, Juan González Miramón.
  (03/24.227/11)</texto>
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