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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Avilés número 1. Procedimiento ordinario 617 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE AVILÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE AVILÉS NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 256 
 Procedimiento ordinario 617 de 2010 
  Doña María Dolores Cepeda Galicia, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Avilés.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 617 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Mora Vázquez y doña Marta González Artime, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda interpuesta por doña Dolores Mora Vázquez y doña Marta González Artime, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone 1.877,87 euros a doña Dolores Mora Vázquez y 1.585,63 euros a doña Marta González Artime, con más el interés legal anual del 10 por 100 hasta su completo pago.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Avilés, a 16 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.107/11)</texto>
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