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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 65 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 210 
 Ejecución 65 de 2011 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 65 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Hernández Cacho, contra la empresa “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Diligencia..En Madrid, a 17 de febrero de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que tuvo entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones. Paso a dar cuenta a su señoría..Doy fe.
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana..En Madrid, a 17 de febrero de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 21 de julio de 2010 a favor de la parte ejecutante don José Antonio Hernández Cacho, frente a la parte ejecutada “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, por un principal de 13.430 euros, más la cantidad de 806 euros de intereses, y 1.343 euros de costas, calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.
  Decreto
  Secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 17 de febrero de 2011.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, designados por el ejecutante, en concreto, los bienes que se encuentren en el domicilio de la ejecutada, librándose al efecto testimonio de la presente resolución, con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá la presente resolución de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.
  Requerir a “Solex Visión Artifical, Sociedad Limitada”, a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora que les consten.
  Diligencia..En Madrid, a 13 de junio de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que realizada consulta informática al “Boletín Oficial del Registro Mercantil”, se ha publicado en fecha 25 de mayo de 2011 edicto de fecha 12 de mayo de 2011 declarando a la ejecutada en situación de insolvencia por el Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Asimismo, se unen los anteriores despachos de la Agencia Tributaria y del Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad..Doy fe.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 13 de junio de 2011.
  Visto el contenido de la diligencia que antecede, y quedando pendiente satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 13.430 euros de principal, 806 euros de intereses y 1.343 euros de costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y, antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solex Visión Artificial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de junio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/22.982/11)</texto>
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