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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 1.431 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Demanda 1.431 de 2010 
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.431 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abderramin El Hani, contra la empresa “Francisco Frutos García, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado sentencia y auto de aclaración de sentencia, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Sentencia número 62 de 2011
  En Madrid, a 9 de febrero de 2011..Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 1.431 de 2010, a instancias de don Abderramin El Hani, asistido del letrado don David Moya García, frente a la entidad “Francisco Frutos García, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda en reclamación de cantidad entablada por don Abderramin El Hani, frente a la empresa “Francisco Frutos García, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 6.402,72 euros, más el recargo del 10 por 100 por mora.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Auto
  En Madrid, a 24 de febrero de 2011.
  Dispongo: Que procede acceder a la aclaración solicitada, rectificando el error material de transcripción padecido en el hecho probado tercero y fallo de la sentencia, en el sentido de hacer constar en el mismo que la cantidad total adeudada al trabajador una vez descontada la cantidad de 2.600 euros recibida a cuenta por el trabajador, asciende a la suma de 16.274,47 euros y no a la cantidad que por error se hace constar, manteniendo en lo demás en su integridad la presente sentencia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Francisco Frutos García, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.015/11)</texto>
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