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    <identificador>BOCM-20110714-135</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 1. Juicio de faltas 563 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 135 
 Juicio de faltas 563 de 2010 
  Don David López Ribagorda, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Parla.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 563 de 2010 se ha acordado notificar la siguiente resolución:
  Decreto
  En Parla, a 14 de abril de 2011.
  Hechos:
  Único..Con fecha 24 de febrero de 2011 se declara firme la sentencia dictada en las presentes actuaciones, y citada que fue la condenada doña África Jiménez Jiménez para requerirle el pago de la multa a que viene condenada en la presente ejecutoria penal, no compareció al llamamiento judicial.
  Parte dispositiva:
  Se decreta el embargo de los siguientes bienes propiedad de la ejecutada doña África Jiménez Jiménez:
  Saldos que pueda tener a su favor en la entidad “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, sita en la calle Camino de Vinateros, número 12, de Madrid, para cubrir la suma de 180 euros, y para su efectividad líbrese oficio a dicha entidad bancaria a fin de que retenga y transfiera a la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, de este Juzgado, los saldos favorables en cuentas de cualquier clase que pueda ostentar la ejecutada doña África Jiménez Jiménez, hasta el importe máximo indicado.
  Saldos que pueda tener a su favor en la entidad “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, sita en la calle Arroyo Belincoso, número 1, de Madrid, para cubrir la suma de 180 euros, y para su efectividad líbrese oficio a dicha entidad bancaria a fin de que retenga y transfiera a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado los saldos favorables en cuentas de cualquier clase que pueda ostentar la ejecutada doña África Jiménez Jiménez hasta el importe máximo indicado.
  Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reposición en el plazo de tres días.
  Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que en todo caso me remito, y para que conste y sirva de notificación a doña África Jiménez Jiménez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 2 de junio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/23.320/11)</texto>
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