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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 1. Juicio de faltas 44 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 134 
 Juicio de faltas 44 de 2011 
  Don David López Ribagorda, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Parla.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 44 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Parla, a 9 de febrero de 2011..Doña Concepción Aparicio Torres, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia de instrucción número 1 de Parla, en los autos de juicio inmediato de faltas número 44 de 2011, en los que han sido partes: como denunciante, la representante legal de “Lidl Factory”, doña Elena Hernández Fernández, y como denunciados, don Marcos Jaroso Estévez, y el ministerio fiscal.
  Fallo
  Condeno a don Marcos Jaroso Estévez, como autor de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros, que habrá de satisfacer en el plazo máximo de veinte días a partir de la firmeza de esta sentencia, sin necesidad de previo requerimiento.
  Hágase entrega definitiva de lo recuperado a su legítimo propietario.
  Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Llévese certificación de la presente a los autos principales.
  Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes.
  Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que en todo caso me remito, y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Marcos Jaroso Estévez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 3 de junio de 2011..El secretario (firmado).
  (03/23.322/11)</texto>
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