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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 894 de 207</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 
 112 
 Procedimiento 894 de 207 
  En el juicio de filiación número 894 de 2007, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva con el tenor literal siguiente:
  Sentencia número 185 de 2009
  En Madrid, a 18 de noviembre de 2009..Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia, número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal de filiación número 894 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre las siguientes partes: como demandante, don Osaretin Ogieva, con procuradora señora Estruendo Lozano y letrada señora Fernández Carvala; como demandado, don Harry Smith, en situación de rebeldía procesal y, como demandada, doña Vivian Félix con procurador señor Álvarez Díez y letrado señor Gamallo Méndez, y siendo parte el ministerio fiscal:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por la procuradora señora Estrungo Lozano, en nombre y representación de don Osaretin Pgieva, sobre acciones conjuntas de impugnación y reclamación de la paternidad de la menor S. F., frente a doña Vivian Félix y don Harry Smith, declaro la no paternidad de don Harry Smith, respecto de S. F. y declaro la filiación no matrimonial de doña Osaretin Ogieva respecto de S. F., por ello, rectificarse la correspondiente inscripción de nacimiento practicada en el Registro Civil de Madrid.
  Firme que sea esta resolución comuníquese al Registro Civil correspondiente para que se proceda a cancelar la inscripción de reconocimiento de paternidad practicada y para que proceda a la inscripción de la filiación paterna declarada en esta resolución, con la correspondiente modificación de los apellidos del menor. No procede hacer expresa condena en costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se presentará mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución y posterior escrito de interposición previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2438 de “Banesto”, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso, cuyo depósito no esté constituido.
  Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de los de Madrid, de lo que doy fe.
  Dado en Madrid, a 26 de mayo de 2011..El secretario judicial (firmado).
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Harry Smith, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 27 de junio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/23.552/11)</texto>
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