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    <departamento>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE LEGANÉS NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/03/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 1. Medidas provisionales 5 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE LEGANÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE LEGANÉS NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 199 
 Medidas provisionales 5 de 2010 
  En el procedimiento de medidas provisionales número 5 de 2010 se ha dictado auto cuyos antecedentes de hecho y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Primero.Por escrito presentado por el procurador señor Jurado Reche en nombre y representación de doña Verónica Narcisa Barriga Ponce, asistida por la letrada señora Vargas Mateo se formuló solicitud de medidas cautelares registradas como medidas provisionales 5/2010 exartículo 773 de la Ley de Enjuiciamiento Civil frente a don Lenin Alberto Álvarez Heredia solicitando que se atribuya a doña Verónica Narcisa Barriga Ponce la guarda y custodia de los hijos menores, siendo compartida la patria potestad, dejando a la libertad de los hijos el régimen de visitas al tener quince y dieciséis años, atribuyendo a la madre y a los hijos el uso y disfrute del domicilio conyugal sito en calle Alcarria, número 46, tercero B, Leganés, imponiendo a don Lenin Alberto Álvarez Heredia el abono, y en concepto de alimentos, de una cantidad de 300 euros mensuales que serán abonados dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre, cantidad actualizada, así como la mitad de los gastos extraordinarios de los menores.
  Segundo..Se admitió a trámite la demanda convocándose a las partes y al ministerio fiscal a la celebración del correspondiente juicio, siendo declarado en situación de rebeldía procesal don Lenin Alberto Álvarez Heredia al no comparecer, y todo ello según se recoge por medio del sistema de grabación y reproducción de la imagen y sonido de conformidad con lo previsto en el artículo 147 y disposición adicional tercera de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Tercero..En la substanciación del presente juicio se han observado las prescripciones legales.
  Que estimando la demanda de medidas provisionales registradas con el número 5/2010 interpuesta por el procurador señor Jurado Reche en nombre y representación de doña Verónica Narcisa Barriga Ponce, asistida por la letrada señora Vargas Mateo frente a don Lenin Alberto Álvarez Heredia, siendo parte el ministerio fiscal, se acuerdan las siguientes medidas con carácter provisional: se atribuye a doña Verónica Narcisa Barriga Ponce la guarda y custodia de los hijos menores Jéssica Gabriela y Erick Adrián, siendo compartida la patria potestad, dejando a la libertad de los hijos menores el régimen de visitas del padre, atribuyendo a la madre y a los hijos el uso y disfrute del domicilio conyugal sito en calle Alcarria, número 46, tercero B, Leganés, imponiendo a don Lenin Alberto Álvarez Heredia el abono, y en concepto de alimentos para los hijos menores, de una cantidad de 300 euros mensuales que serán abonados dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre, y revalorizable automáticamente conforme a las variaciones que experimente el IPC, así como la mitad de los gastos extraordinarios de los menores.
  Así lo acuerda, manda y firma don Jorge Moreno González, magistrado-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Leganés..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de Lenin Alberto Álvarez Heredia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Leganés, a 14 de febrero de 2011..El secretario (firmado).
  (03/8.387/11)</texto>
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