<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110317-187</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/03/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 254 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>64</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-03-17-64030320110150</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/17/BOCM-20110317-187.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/17/BOCM-20110317-187.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/17/BOCM-20110317-187.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 187 
 Ejecución 254 de 2010 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 254 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Clemencio Morales Gómez, don Óscar Gil Aguado, don Juan Carlos Barceló Sánchez, don Florín Urs, don Domingo Canadilla Martín Moreno, don Nicolae Urs, don Adrián Ioan Ciolpan, don Froilán Mendoza Omonte, don Fausto Gustavo Cuzco Chacha y don Raúl Santiago Pacuna Jattva, contra la empresa “Obras Plus Estructuras, Sociedad Limitada”, “Nuevos Desarrollos de Pocería, Sociedad Limitada”, “Híper Reformas Madrileñas, Sociedad Limitada”, “Hoy Rehacemos Madrid, Sociedad Limitada”, “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, “Retec Rehabilitaciones Integral, Sociedad Limitada”, y “No Commet in Spain, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda el embargo sobre los créditos que contra las comunidades de propietarios que indica el letrado de los demandantes en su escrito de fecha 14 de febrero de 2011 y que ostentan las empresas demandadas por relaciones comerciales mantenidas con las ejecutadas en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio a las referidas empresas al objeto de requerirles, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de  consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.
  Y asimismo, adviértase:
  a)  Que el pago que, en su caso, hiciere a las demandadas no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento les libera de toda responsabilidad frente a las acreedoras.
  b)  De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Obras Plus Estructuras, Sociedad Limitada”, “Nuevos Desarrollos de Pocería, Sociedad Limitada”, “Hiper Reformas Madrileñas, Sociedad Limitada”, “Hoy Rehacemos Madrid, Sociedad Limitada”, “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, “Retec Rehabilitaciones Integral, Sociedad Limitada”, y “No Commet in Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.084/11)</texto>
</documento>