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    <fecha_publicacion>2011/03/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 1.516 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>64</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 177 
 Demanda 1.516 de 2010 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.516 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Pedro Torbellino Ortiz, contra la empresa “Arte Sor España 2001, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y doña Cristina Sánchez Blanco (administradora concursal), sobre despido, se ha dictado sentencia número 37 de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda, declaro improcedente el despido de don Juan Pedro Torbellino Ortiz y condeno a la empresa “Arte Sor España 2001, Sociedad Limitada”, a que opte en el plazo de cinco días, por escrito, ante este Juzgado entre la readmisión del actor o el abono como indemnización de 90.993,84 euros y, en todo caso, los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido a la notificación de sentencia, teniendo en cuenta que desde el día 13 de diciembre de 2010 solo procede la diferencia que pudiera existir entre el salario declarado probado y el de la nueva colocación, y durante el percibo de la prestación por desempleo la empresa ingresará en el Servicio Público de Empleo Estatal el importe percibido por desempleo y lo deducirá de los salarios de tramitación.
  Se entiende que procede la readmisión si no opta en plazo expresamente a favor de la indemnización.
  La administración concursal y el Fondo de Garantía Salarial, en tal carácter, deben estar y pasar por esta resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arte Sor España 2001, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.014/11)</texto>
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