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    <fecha_publicacion>2011/03/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcobendas número 3. Procedimiento ordinario 929 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Procedimiento ordinario 929 de 2007 
  En el procedimiento ordinario número 929 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 20 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimo la demanda interpuesta por don José María Escudero Testillano y doña Manuela Isabel Díaz, y condeno a “Promoción de Negocios y Vivienda, Sociedad Anónima” (PROVINSA), a estar y pasar por la declaración de que los demandantes son dueños para su sociedad de gananciales de la nave planta sótano sita en la calle Ramón Esteban, número 10, bloque 6, con superficie constuida de 84 metros cuadrados, con número de finca registral 13.979, naturaleza local, inscrita en el tomo 217, libro 170, folio 100, elevándose a público la compraventa efectuada el 19 de febrero de 1972 para poder efectuar la inscripción de su titularidad ante el Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes.
  Se condena en costas a la parte demandada.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Publicación
  La anterior sentencia ha sido leída y publicada en el día de la fecha, estando su señoría constituido en audiencia pública..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Promociones de Viviendas y Negocios, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Alcobendas, a 6 de mayo de 2010..El secretario (firmado).
  (02/2.142/11)</texto>
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