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    <fecha_publicacion>2011/03/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 50. Procedimiento ordinario 217 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50 
 EDICTO
 
 72 
 Procedimiento ordinario 217 de 2009 
  En el procedimiento ordinario número 217 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado sentencia con fecha 20 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, contra don Alexandre Sabet d’Acre, debo condenar y condeno al demandado a abonar la cantidad de 6.267,25 euros, más los intereses pactados en el artículo 7 de los estatutos, con imposición de costas al demandado.
  Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgado en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Modo de impugnación: mediante recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado, con código de cuenta 2544, la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado, junto con el escrito de preparación del mismo, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.
  En virtud de lo acordado en autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 497.23 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notificará a don Alexandre Sabet d’Acre la presente resolución.
  En Madrid, a 26 de enero de 2011..El secretario (firmado).
  (02/948/11)</texto>
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