<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110316-194</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/03/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Reus número 1. Ejecución 34 de 2011-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>63</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-03-16-63020320110150</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/16/BOCM-20110316-194.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/16/BOCM-20110316-194.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/16/BOCM-20110316-194.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 194 
 Ejecución 34 de 2011-M 
  En méritos de lo acordado en la ejecutoria número 34 de 2011-M, seguida en este Juzgado de lo social número 1 de Reus, a instancias de don Said Boutahri, contra “Controlex España Prevención de Riesgos de Catalunya, Sociedad Limitada”, por el presente se notifica a la entidad ejecutada “Controlex España Prevención de Riesgos de Catalunya, Sociedad Limitada”, en atención a su domicilio desconocido, el auto y el decreto dictado en fecha 10 de febrero de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Auto
  Acuerdo la orden general de ejecución y dispongo ejecutar el título ejecutivo indicado en los antecedentes de hecho de esta resolución a instancias de don Said Boutahri, contra “Controlex España Prevención de Riesgos de Catalunya, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.033,82 euros y 203,38 euros que se fijan provisionales para intereses, más 203,38 euros que se fijan provisionales para costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del derecho que tiene la ejecutada de oponerse a la ejecución por escrito dentro del plazo de diez días a contar a partir de la notificación de la presente resolución según establece el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Así lo manda y firma el ilustrísimo señor don Ángel Elías Pérez Núñez, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Reus..Doy fe.
  Decreto
  Procede ejecutar el título ejecutivo indicado en los antecedentes de hecho de esta resolución a instancias de don Said Boutahri, contra “Controlex España Prevención de Riesgos de Catalunya, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.033,82 euros y de 203,28 euros que se fijan para intereses provisionales, más 203,38 euros que se fijan provisionales para costas.
  Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el magistrado-juez que dictó el auto dando orden general de ejecución.
  Adviértase a la ejecutada notificada por edictos que, en lo sucesivo, todas las providencias que recaigan, y cuantas citaciones y emplazamientos deban hacérsele, se le notificarán en los estrados de este Juzgado.
  Así lo manda y firma don Fernando Pecino Robles, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Reus..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en forma a la parte ejecutada “Controlex España Prevención de Riesgos de Catalunya, Sociedad Limitada”, expido el presente que firmo en Reus, a 10 de febrero de 2011..El secretario judicial, Fernando Pecino Robles.
  (03/6.807/11)</texto>
</documento>