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    <fecha_publicacion>2011/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 1.088 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>62</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 130 
 Demanda 1.088 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.088 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Peñaranda Acera, contra Fondo de Garantía Salarial y “Deltagraf, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 20 de octubre de 2010.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 27 de septiembre de 2010 ha tenido entrada en este Juzgado de lo social el anterior escrito de don Alberto Peñaranda Acera, que se une a estos autos..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 20 de octubre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda tener por subsanada la demanda presentada por la parte actora y, en su conformidad, se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia día 13 de diciembre de 2011, a las diez y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, primera planta, 28020 Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Habiéndose solicitado las pruebas referentes en escrito de demanda, cuya copia se adjunta, se requiere a la parte demandada a fin de que aporte la documental solicitada, y expídanse las correspondientes cédulas de citación a las partes, sin perjuicio de la admisión de los medios de prueba que tendrá lugar en el acto del juicio.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Deltagraf, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.637/11)</texto>
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