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    <titulo>– Boadilla del Monte. Régimen económico. Notificación colectiva y anuncio cobranza voluntaria IVTM 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 85 
 Notificación colectiva y anuncio cobranza voluntaria IVTM 2011 
  Por la tercera teniente de alcalde concejal-delegada del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Nuevas Tecnologías de este Ayuntamiento, mediante decreto 192/2011, de fecha 4 de marzo de 2011, ha sido aprobado el padrón correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para el ejercicio 2011.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se expone al público dicho padrón durante un plazo de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Durante este plazo, las personas interesadas podrán examinar las liquidaciones correspondientes en el Servicio de Gestión Tributaria del Ayuntamiento.
  Contra dichas liquidaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá formularse, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo.
  En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que durante los días comprendidos entre el 1 de abril y el 31 de mayo del presente ejercicio, ambos inclusive, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes al tributo referido pudiéndose hacer efectivo el pago, durante el horario de atención al público, en cualquier oficina de las siguientes entidades colaboradoras: “Caja Madrid”, “La Caixa” y “Banco Santander” presentando el documento de pago (recibo) correspondiente.
  El Ayuntamiento remitirá los recibos a los interesados que no hayan domiciliado el pago del impuesto. No obstante, si dicho documento de pago no ha sido recibido antes del 20 de abril, los interesados deberán solicitarlo en la Tesorería Municipal.
  Para los recibos domiciliados se remitirá al domicilio aviso de cargo en cuenta y se pasará al cobro el 31 de mayo de 2011, último día del período voluntario. Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al Ayuntamiento y surtiendo esta efectos para los años 2012 y siguientes.
  El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley General Tributaria.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  Boadilla del Monte, a 4 de marzo de 2011..La tercera teniente de alcalde, concejala-delegada del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Nuevas Tecnologías, Marta Puig Quixal.
  (02/2.263/11)</texto>
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