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    <fecha_publicacion>2011/03/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 472 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>61</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 217 
 Demanda 472 de 2009 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 472 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Romero Payán, contra las empresas “Innovación Arquitectónica y Desarrollo Carlos III, Sociedad Limitada”, y “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 585 de 2010 bis
  En Madrid, a 10 de noviembre de 2010..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Alberto Romero Payán, que comparece asistido del letrado señor Moreno Recio, y de otra, como demandadas, “Innovación Arquitectónica y Desarrollo Carlos III, Sociedad Limitada”, y “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que con desestimación de la demanda presentada por don Alberto Romero Payán, contra “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo absolver y absuelvo a dicha demandada de los pedimentos deducidos en su contra, y con estimación de la demanda presentada contra “Innovación Arquitectónica y Desarrollo Carlos III, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a tal empresa a abonar al actor por los conceptos de la demanda 2.717,13 euros, así como 271,71 euros de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Innovación Arquitectónica y Desarrollo Carlos III, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de febrero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/6.588/11)</texto>
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