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    <fecha_publicacion>2011/03/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 227 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>61</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 118 
 Demanda 227 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 227 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Patricio Noboa Cortez, contra la empresa “Moncoslada, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 548 de 2010
  En Madrid, a 29 de noviembre de 2010..Don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Alberto Patricio Noboa Cortez, que comparece asistido del letrado don José Félix Pinilla Porlán, y de otra, como demandada, “Moncoslada, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Alberto Patricio Noboa Cortez, contra “Moncoslada, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 9.508,89 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Moncoslada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.571/11)</texto>
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