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    <fecha_publicacion>2011/03/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 1. Juicio de faltas 37 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>59</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 89 
 Juicio de faltas 37 de 2010 
  Doña Ana Isabel García García, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 37 de 2010 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento, hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente:
  Encabezamiento
  En Alcorcón, a 18 de febrero de 2010..Vistos por don Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de instrucción del número 1 de los de Alcorcón, los presentes autos de juicio de faltas, seguidos en este Juzgado y registrados con el número 37 de 2010, sobre falta de hurto, entre partes, a instancias de “Alcampo”, frente a don Winston Alberto Gutiérrez Aguirre y don Alejandro Gómez Hernández, con intervención del ministerio fiscal.
  Hechos probados:
  Sobre las diecisiete y veinte horas del día 13 de febrero de 2010, don Winston Alberto Gutiérrez Aguirre y don Alejandro Gómez Hernández fueron sorprendidos cuando intentaban salir del establecimiento “Alcampo”, sito en avenida de Europa, Alcorcón (Madrid), sin abonar el importe de 239,20 euros a que ascendían los productos que llevaban consigo, cajas con TDT, productos  que llevaban ocultos dentro de las ropas de uno de ellos y que pretendían hacer suyos.
  Fallo
  Condeno a don Winston Alberto Gutiérrez Aguirre y don Alejandro Gómez Hernández, como autores responsables, cada uno de ellos, de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de treinta días de multa, cada uno, con una cuota diaria de 6 euros, ello hace un total de 180 euros, cada uno, que serán abonados en un solo pago o en los plazos que en ejecución de sentencia se fijen, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas que dejaren de abonar.
  Igualmente, les condeno al pago de las costas procesales.
  Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Winston Alberto Gutiérrez Aguirre, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 1 de febrero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/6.109/11)</texto>
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