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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/03/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Juicio de faltas 920 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>59</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 85 
 Juicio de faltas 920 de 2009 
  Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el juicio de faltas número 920 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 305 de 2010
  En Móstoles, a 5 de octubre de 2010..Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 920 de 2009, en los que han sido partes: como denunciante, doña Teresa Pilar Cárdenas Fernández, y como denunciado, don Rafael Jiménez Márquez, actuando como responsable civil directa la entidad aseguradora “Zurich”, y como responsable civil subsidiaria, “Jimemar FC, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Rafael Jiménez Márquez, como autor de una falta del artículo 621.3 del Código Penal a la pena de multa de diez días, con una cuota de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a abonar las costas procesales.
  Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Llévese certificación de la presente a los autos principales.
  Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Teresa Pilar Cárdenas Fernández, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 8 de febrero de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/6.119/11)</texto>
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