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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/03/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 33 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>59</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 195 
 Ejecución 33 de 2011 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 33 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Samoil Rubén Bogdan, contra la empresa “Confiplás, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado diligencia de ordenación y auto, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Blanca Galache Díez..En Madrid, a 24 de febrero de 2011.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, y habiéndose solicitado por don Samoil Rubén Bogdan, frente a “Confiplás, Sociedad Limitada”, se tiene por promovido el incidente de no readmisión, y se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Orense, número 22, segunda planta, de Madrid, el día 28 de marzo de 2011, a las nueve y veinticinco horas, con apercibimiento de que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y de que si no asistiere el trabajador o persona que le represente, se le tendrá por desistido de su solicitud, y si no compareciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.
  Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  También acuerdo citar a la empresa por medio de edictos y al Fondo de Garantía Salarial.
  Auto
  En Madrid, a 24 de febrero de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 11 de enero de 2011 a favor de la parte ejecutante don Samoil Rubén Bogdan, frente a “Confiplás, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Confiplás, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 24 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.338/11)</texto>
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