<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110311-171</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/03/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 137 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>59</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-03-11-59240220110371</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/11/BOCM-20110311-171.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/11/BOCM-20110311-171.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/11/BOCM-20110311-171.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 171 
 Ejecución 137 de 2010 
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 137 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rodrigo García Pérez, contra la empresa “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, don Rodrigo García Pérez, frente a “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, por importe de 43.215,62 euros de principal (39.286,93 euros de salarios más 3.928,69 euros correspondientes al interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 3.000 euros presupuestados para intereses y 4.000 euros en concepto de costas provisionales.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.262/11)</texto>
</documento>