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    <fecha_publicacion>2011/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Moralzarzal. Urbanismo. Modificación Puntual No Sustancial número 5 Normas Subsidiarias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 
 URBANISMO
 
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 Modificación Puntual No Sustancial número 5 Normas Subsidiarias 
  Mediante decreto de Alcaldía, de fecha 17 de febrero de 2011, ha sido aprobada inicialmente la Modificación Puntual No Sustancial número 5 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Moralzarzal, que modifica el anterior acuerdo de 3 de julio de 2009, consistente en la clasificación y ordenación pormenorizada de sector urbanizable de uso terciario para la implantación de proyectos generadores de empleo, junto con el convenio urbanístico suscrito para su redacción con la propiedad de los terrenos incluidos en el nuevo sector, redactado al amparo del artículo 67 de la vigente Ley de Suelo de la Comunidad de Madrid, modificado por Ley 7/2007 y desarrollado por decreto 92/2008.
  De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 2 del decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico, el expediente completo, junto con el convenio urbanístico y documento técnico, se expone al público por el plazo de un mes, durante el que los interesados podrán examinarlo en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Moralzarzal y presentar las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  Moralzarzal, a 17 de febrero de 2011..El alcalde-presidente, José María Moreno Martín.
  (02/1.744/11)</texto>
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