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    <identificador>BOCM-20110304-30</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Transportes e Infraestructuras</departamento>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 1 de febrero de 2011, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la notificación de la comunicación de la pérdida de capacitación profesional y de la concesión de un plazo de tres meses para volver a cumplir con dicho requisito (Ed. 7/11)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS 
 
 30 
 RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2011, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la notificación de la comunicación de la pérdida de capacitación profesional y de la concesión de un plazo de tres meses para volver a cumplir con dicho requisito (Ed. 7/11). 
  Intentada sin efecto, en el domicilio de los destinatarios que se relacionan en los Anexos I y II, la práctica de las notificaciones relativas a la comunicación de la pérdida de capacitación profesional por parte de la empresa y de la concesión de un plazo máximo de tres meses para volver a cumplir el citado requisito, de conformidad con lo que se establece en el punto 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), esta Dirección General
  RESUELVE
  Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a través de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
  En virtud de lo anterior y en ejecución de las competencias atribuidas por la normativa vigente, procede notificar la pérdida de la capacitación profesional por parte de la empresa y la concesión de un plazo máximo de tres meses para volver a cumplir con el citado requisito.
  Transcurrido dicho plazo sin que la empresa lo justifique, se procederá de forma inmediata a la suspensión de todas las autorizaciones de transporte público de que la empresa sea titular hasta la fecha correspondiente a la modalidad de capacitación profesional cuya pérdida se ha comunicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 43.1 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  Madrid, a 1 de febrero de 2011..El Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo.
  ANEXO I
  	Destinatario. . Último domicilio conocido
  Antonio Fernández Soblechero. . Calle Saavedra Fajardo, 4, escalera B AB, 28011 Madrid.
  Luis Alberto Roncalla Loayza. . Calle Bario, 12, 28021 Madrid.
  ANEXO II
  	Destinatario. . Último domicilio conocido
  Excavaciones y Transportes José Antonio Roldán, Sociedad Limitada. . Calle Comunidad Europea, 1, 28514 Nuevo Baztán (Madrid).
  (03/6.297/11)</texto>
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