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    <fecha_publicacion>2011/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 330 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>53</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 204 
 Demanda 330 de 2010 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 330 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Collado Granado, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Electrónicas Garci, Sociedad Limitada”, y “Mutua Universal Mugenat”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución de fecha 7 de octubre de 2010 del tenor literal siguiente:
  Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva, con absolución de las entidades gestoras y colaboradoras, y estimando la demanda interpuesta por don Víctor Collado Granado, contra “Electrónicas Garci, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa citada a satisfacer a la parte actora la cantidad total de 367,56 euros por los conceptos de la demanda.
  Contra la presente sentencia definitiva, que es firme desde su dictado, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral no procede recurso de suplicación.
  Así por esta sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Electrónicas Garci, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.
  En Madrid, a 3 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.390/11)</texto>
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