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    <fecha_publicacion>2011/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Juicio verbal 188 de 2010-PA</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>53</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 
 108 
 Juicio verbal 188 de 2010-PA 
  El Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, en autos número 188 de 2010, sobre relaciones paterno-filiales, instados por doña Norma Silvana Hernández Sánchez, representada por la procuradora doña María de los Ángeles Sánchez Fernández, contra don José Luis Luziriaga Riofrío, que se halla con domicilio desconocido, he acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 27 de enero de 2011, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
  Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Ángeles Sánchez Fernández, en nombre y representación de doña Norma Silvana Hernández Sánchez, contra don José Luis Luziriaga Riofrío, en rebeldía, habiendo sido parte el ministerio fiscal, establezco los siguientes efectos que ratifican los acordados en el auto de medidas provisionales:
  1)  El ejercicio de la responsabilidad parental (patria potestad) de Ainhoa se ejercerá exclusivamente por doña Norma Silvana Hernández Sánchez, quedando la niña bajo la custodia de la madre, con la que convivirá.
  2)  No se establece, por el momento, ningún régimen de visitas.
  3)  Don José Luis Luziriaga Riofrío abonará 150 euros mensuales en concepto de pensión alimenticia, cantidad que deberá ser ingresada en la cuenta que al efecto se designe por doña Norma Silvana Hernández Sánchez dentro de los cinco días primeros de cada mes, y que se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, así como el 50 por 100 de los gastos extraordinarios aprobados de común acuerdo o por resolución judicial en caso de discrepancia, salvo aquellos que sean urgentes.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación..Firmado y rubricado en su original.
  Consta su publicación.
  Y para que sirva de notificación en forma a don José Luis Luziriaga Riofrío, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.
  Dado en Madrid, a 1 de febrero de 2011..El secretario (firmado)..El magistrado-juez de primera instancia (firmado).
  (03/5.158/11)</texto>
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