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    <fecha_publicacion>2011/03/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Aprobación definitiva Plan Especial edificio sito avenida Ciudad de Barcelona, número 63</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>52</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación - Subdirección General de Edificación - Departamento de Ordenación</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación
 Subdirección General de Edificación
 Departamento de Ordenación
 
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 Aprobación definitiva Plan Especial edificio sito avenida Ciudad de Barcelona, número 63 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo (expediente 711/2009/22004):
  «Primero..Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública, con desestimación de la alegación presentada según lo indicado en el informe de 17 de noviembre de 2010 del Departamento de Ordenación de la Subdirección General de Edificación, el Plan Especial para el edificio sito en la avenida Ciudad de Barcelona, número 63, Distrito de Retiro, promovido por la comunidad de propietarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
  Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.
  Tercero..Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
  Lo que se pública en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación  Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
  Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:
  Normas de protección
  El objeto del Plan Especial es el cambio de nivel de protección según el artículo 4.3.1, apartado 3, de la a) parcial a b) ambiental.
  Serán de aplicación las siguientes normas:
  Artículo 4.3.5, apartados 1, 2 y 3.
  Artículo 4.3.7, apartado 6.
  Artículo 4.3.10.
  Artículo 4.3.11.
  Artículo 4.3.12, apartado 7.
  Artículo 4.3.14, apartados 2. 3 y 4.
  Artículo 4.3.17.
  Artículo 4.3.18.
  Artículo 4.3.20.
  El resto de las condiciones se regirán por las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid aprobado con fecha de 1997.
  En Madrid, a 20 de enero de 2011..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/696/11)</texto>
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