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    <fecha_publicacion>2011/03/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 184 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 152 
 Demanda 184 de 2009 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 184 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Míchel Alejandro Díaz Massip, contra las empresas “El Camino Real de Silos, Sociedad Limitada” (“Restaurante Candela”), y “Plaza de España Once Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 663 de 2010
  En Madrid, a 22 de diciembre de 2010..Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Míchel Alejandro Díaz Massip, que comparece, y de otra, como demandadas, “El Camino Real de Silos, Sociedad Limitada” (“Restaurante Candela”), y “Plaza de España Once Restauración, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Míchel Alejandro Díaz Massip, frente a la empresa “Restauración, Sociedad Limitada”, como demandada, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar al trabajador la cantidad de 4.412,17 euros, más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente, y, asimismo, se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Plaza de España Once Restauración, Sociedad Limitada”, “El Camino Real de Silos, Sociedad Limitada”, y “Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.184/11)</texto>
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