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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 10 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 114 
 Ejecución 10 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 10 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Guerrero Rodríquez, contra la empresa “DTS 2002, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 9 de febrero de 2011 siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Eva San Pablo Moreno..En Madrid, a 9 de febrero de 2011.
  Por presentado el anterior escrito de la parte demandante, únase a los autos de su razón.
  Vista la solicitud de ampliación de ejecución contra la empresa “DTS Urgente 2004, Sociedad Limitada”, y en base a lo previsto en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, cítese a la citada empresa y a las partes de comparecencia, señalándose a tal efecto el día 28 de marzo de 2011, a las nueves y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, advirtiéndoles que deberán comparecer con todos los medios de prueba que intenten valerse.
  Respecto a la prueba documental interesada en el escrito de la parte demandante, requiérase a las empresas “DTS 2002, Sociedad Limitada”, y “DTS Urgente 2004, Sociedad Limitada”, a fin de que aporten en el acto de la vista los documentos que se señalan en el escrito, bajo los apercibimientos legales (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Asimismo, en cuanto a la prueba interesada de interrogatorio de la parte demandada, requiérase a don Julián Leva Cano para que comparezca el día del juicio.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante es secretario judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
  Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto” con el número 0030/1143/ 30/2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanante de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “DTS 2002, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.014/11)</texto>
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