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    <titulo>Colmenar Viejo número 1. Divorcio contencioso 263 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
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 Divorcio contencioso 263 de 2008 
  En el presente procedimiento de divorcio contencioso número 263 de 2008, seguido a instancias de don El Haussaine Mahfoud, frente a doña Fátima Mahfoud, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia
  En Colmenar Viejo, a 9 de noviembre de 2010.
  Fallo
  Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Luis Fernando Reviejo Lamas, en nombre y representación de don El Haussaine Mahfoud, frente a doña Fátima Mahfoud, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía, y, en consecuencia, decretar la disolución del matrimonio mediante divorcio de los cónyuges litigantes.
  Procede declarar las costas de oficio.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma caber recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se notifique esta resolución.
  Llévese el original al libro de sentencias.
  Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Colmenar Viejo..Doy fe.
  Y encontrándose dicha demandada doña Fátima Mahfoud en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
  En Colmenar Viejo, a 18 de enero de 2011..El secretario (firmado).
  (02/1.139/11)</texto>
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