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    <fecha_publicacion>2011/03/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 951 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 166 
 Demanda 951 de 2010 
  Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 951 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hassan Arhon, contra la empresa “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 28 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de subsanar el error advertido en su fecha, y así, donde dice: “En Madrid, a 26 de enero de 2010”; debe decir: “En Madrid, a 26 de enero de 2011”, quedando el resto de su contenido en los mismos términos.
  Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.874/11)</texto>
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