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    <fecha_publicacion>2011/03/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Demanda 820 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 161 
 Demanda 820 de 2010 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 820 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Baldazo Moreda, contra la empresa “Acodo Restauración, Sociedad Limitada”, y doña María Isabel Gimare Hernández, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 31 de enero de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Debo estimar la demanda interpuesta por doña Carmen Baldazo Moreda, contra “Acodo Restauración, Sociedad Limitada”, y doña María Isabel Gimare Hernández, condenando a la expresada mercantil a que le abone la suma de 9.192,40 euros por los conceptos de la demanda. Más los intereses moratorios del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (10 por 100 anual desde la fecha del devengo de cada uno de los conceptos reclamados) sobre los conceptos salariales que son todos los reclamados, salvo la indemnización por falta de preaviso que es de carácter extrasalarial. Y debo absolver libremente a doña María Isabel Gimare Hernández de los pedimentos contenidos en la súplica de la demanda.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Acodo Restauración, Sociedad Limitada”, y doña María Isabel Gimare Hernández, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de febrero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/4.950/11)</texto>
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